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urna de votación transparente sobre fondo de bandera española

El domingo 28 de mayo de 2023 se celebrarán las siguientes elecciones municipales y autonómicas:

  • Elecciones a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas de Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Comunidad de Madrid, Comunitat Valenciana, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra y La Rioja.
  • Asambleas de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
  • Elecciones municipales (para los ayuntamientos) en todo el territorio nacional.
  • Elecciones a entidades de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM).
  • Cabildos insulares canarios.
  • Juntas Generales de Territorio Histórico de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.
  • Consejo General del Valle de Arán (Lleida).
  • Elecciones a los Consejos Insulares de Ibiza, Mallorca y Menorca.

La campaña electoral tendrá lugar desde el 12 de mayo al 26 de mayo de 2023

El día de las votaciones, la apertura de los colegios electores el 28 de mayo de 2023 tendrá lugar a las 9h de la mañana y cerrarán a las 20h. 

Llevado a cabo el sorteo para elegir los miembros y suplentes que compondrán las mesas electorales, los Ayuntamientos no publican quienes han resultado elegidos, directamente se irán notificando a las personas elegidas, tres días después del sorteo, recibiendo junto con la notificación un manual de instrucciones para los miembros de las mesas electorales. El resultado constará a los Ayuntamientos y a las Juntas Electorales de la Zona. 

Quienes hayan sido designados presidentes y vocales de las mesas tienen un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada las razones que les impida la aceptación del cargo, resolviendo la Junta, sin ulterior recurso, en el plazo de cinco días (Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 27.3 de la LOREG, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de presidente y vocal de las Mesas Electorales, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central).

Posteriormente, ante la imposibilidad de acudir el 28 de mayo al desempeño del cargo, debe comunicarse a la Junta Electoral de Zona, al menos 72 horas antes, aportando los justificantes pertinentes. Si el impedimento es después de este último plazo, se debe a avisar a la Junta a la mayor brevedad posible. 

Una hora antes de la apertura del colegio electoral los miembros deberán presentarse para constituir la mesa. La incomparecencia, sin justificación, tanto de los titulares como de los suplentes, puede ser castigada con multa e incluso pena de prisión de entre tres meses y un año. 

Derechos miembros de la mesa

Los presidentes y vocales de las mesas, así como los suplentes que resulten finalmente designados como miembros titulares de la mesa:

  • Percibirán una dieta que será de 65 euros.
  • Estarán protegidos por el sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en las elecciones.
  • Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados presidente o vocal de mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral. Además, tendrán derecho a un permiso retribuido y no recuperable correspondiente a las cinco primeras horas de la jornada laboral del día siguiente a las elecciones. Si el descanso semanal del trabajador coincide con el 28 de mayo de 2023, y acredita su situación de miembro de la mesa, también tendrá el permiso de las cinco primeras horas de la jornada laboral del día inmediatamente posterior a las elecciones. 
  • En el caso de trabajadores con horario nocturno, el turno de noche que comienza el día de la votación se computa como jornada laboral del día electoral, al tiempo que el permiso de cinco horas de la jornada de trabajo puede ejercerse en el turno de noche siguiente del trabajador, siempre y cuando este turno se inicie el día inmediatamente posterior al de las elecciones.

Para tener en cuenta:

Consulta tu inscripción en el Censo Electoral en el siguiente enlace: INE - Sede Electrónica - consulta de inscripción en el Censo Electoral en periodo electoral.

Atenñción Telefónica en el teléfono 900 343 232 en horario de lunes a viernes de 9h a 14h, excepto los días 17 y 24 de abril y el 25 mayo que se amplía además de 16h a 18h. El día de las votaciones, el 28 de mayo de 2023, el horario será de 08h a 20h. 

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Vanessa Violero

Graduada Social

Alcorcón, Madrid