La Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid ha publicado una resolución en la que se declaran las fiestas laborales de ámbito local para el año 2023. Estas fiestas son retribuidas y no recuperables y se celebrarán en dos días por municipio.
Se han establecido de acuerdo con la previsión contenida en el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y han sido propuestas por los respectivos Ayuntamientos. La Dirección General de Trabajo ha utilizado las competencias atribuidas por el Real Decreto 932/1995 y el Decreto 234/2021 del Consejo de Gobierno para establecer estas fiestas. Se han incluido municipios de toda la región en la lista de fiestas laborales. Estas fiestas se declaran inhábiles para el trabajo en el año 2023 y se refieren a los respectivos municipios.
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