Como ya saben, el Kit Digital es una ayuda destinada a la digitalización de las empresas con el objetivo de mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y personas en situación de autoempleo.
Actualmente, desde el 2 de septiembre, la ayuda puede ser solicitada por las empresas dentro del Segmento II, empresas de entre 3 y menos de 10 empleados y sigue vigente.
El siguiente Segmento sería el tercero, formado por autónomos y empresas sin trabajadores y hasta dos empleados y su convocatoria se espera más pronto de lo previsto, pudiéndose empezar a solicitar a finales del mes octubre de 2022.
Se recuerda que el número de empleados del segmento se calculará teniendo en cuenta los datos de los trabajadores en alta tanto en el Régimen General de Seguridad Social como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o por cualquier otro medio válido en Derecho, en el momento de presentar la solicitud.
Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo.
- Plazo presentación solicitudes:
- Todavía sin fecha concreta, se prevé para el mes de octubre
- Normativa: Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre modificada por la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio de 2022.
- Organismo Público competente para la concesión: Red.es
- Subvención directa (procedimiento de concurrencia no competitiva) consistente en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de unas o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera Pyme.
- Importe del bono digital: 2.000 €
Requisitos
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establee por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).
Fuente: Guía rápida Kit Digital
Pasos a seguir para obtener la ayuda del Kit Digital
Si cumples con las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria podrás disponer de un bono digital que te permite acceder a las soluciones de digitalización.(Guía rápida Kit Digital).
- Registro en la web acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico.
- Consulta del catálogo de soluciones digitales donde se podrá escoger una o varias de las que ofrecen los agentes digitalizadores.
- Solicitar la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es
Cómo emplear tu bono digital
- Para emplear el bono digital debes elegir y contactar con un Agente Digitalizador. Los Agentes Digitalizadores son proveedores que, cumpliendo una serie de requisitos previos, se encuentran adheridos al programa Kit Digital para ofrecer las diferentes soluciones digitales necesarias.
- Suscribir el acuerdo de prestación de soluciones digitales con el Agente Digitalizador elegido.