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mujer sentada en el sofá frente al ordenador portátil tomando notas en una libreta

Dentro del año natural, se podrá cambiar hasta seis veces al año la base que vengan obligados a cotizar los trabajadores autónomos, dentro de los límites mínimos y máximos establecidos por la ley en cada ejercicio y siempre que lo soliciten en forma y tiempo establecidos ante la TGSS con los siguientes efectos: 

  • Solicitud entre el 1 de enero y último día natural del mes de febrero con efectos el 1 de marzo.
  • Solicitud entre el 1 de marzo al 30 de abril con efectos el 1 de mayo.
  • Solicitud entre el 1 de mayo al 30 de junio con efectos el 1 de julio.
  • Solicitud entre el 1 de julio al 31 de agosto con efectos el 1 de septiembre.
  • Solicitud entre el 1 de septiembre al 31 de octubre con efectos el 1 de noviembre. 
  • Solicitud entre el 1 de noviembre al 31 de diciembre con efectos el 1 de enero del año siguiente. 

Junto con la solicitud del cambio de base de cotización mensual, se deberá cumplimentar y presentar la declaración de rendimientos económicos netos que se prevean obtener por su actividad económica o profesional. 

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Vanessa Violero

Graduada Social

Alcorcón, Madrid