Se ha presentado para su tramitación parlamentaria el proyecto de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y se prevé su aprobación para finales del mes de noviembre de 2022.
A continuación, se recogen las principales novedades en materia tributaria con efectos desde el 1/1/2023
IRPF – Rendimientos de trabajo de trabajadores y pensionistas
- Se incrementa la cuantía de salario bruto anual a partir de la cual se empieza a pagar dicho impuesto, desde los 14.000 euros anuales vigentes en la actualidad hasta los 15.000 euros anuales. Dicho incremento de la reducción se extiende hasta afectar a contribuyentes con un salario bruto anual de hasta 21.000 euros.
- Se eleva el umbral inferior de la obligación de declarar de los perceptores de rendimientos del trabajo a 15.000 euros anuales.
Autónomos
- Se eleva, en iguales cuantías, la reducción aplicable a los TRADE
- Método de estimación directa simplificada, durante el período impositivo 2023 se eleva al 7% el porcentaje de gastos deducibles en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación.
- Método de estimación objetiva, se eleva al 10% la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en el período impositivo 2023. Además,
- Se prorrogan para el período impositivo 2023 los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.
- Se establece un nuevo plazo para presentar las renuncias o revocaciones.
Tipos de gravamen del ahorro
- Incremento del tipo impositivo de las rentas superiores a 200.000 euros que se integran en la base del ahorro (del 26% al 27%)
- Aumento de dos puntos porcentuales del tipo impositivo aplicable a las rentas superiores a 300.000 euros (del 26% al 28%)
Deducción por maternidad
Se amplía la prestación de 100 euros a las mujeres con hijos menores de 3 años que en el momento del nacimiento del menor perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo, o que en dicho momento o en cualquier momento posterior estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo, en este último caso, de 30 días cotizado → En este caso, podrán minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años hasta que el menor alcance los 3 años de edad. Cuando tenga derecho a la deducción en relación con ese descendiente por haberse dado de alta en la Seguridad social o mutualidad con posterioridad al nacimiento del menor, la deducción correspondiente al mes en el que se cumpla el período de cotización de 30 días se incrementa en 150 euros.
Impuesto sobre Sociedades
Se rebaja en dos puntos porcentuales el tipo de gravamen aplicable a aquellas entidades que tengan un importe de la cifra de negocios inferior a un millón de euros en el periodo impositivo anterior.
IVA
- Se permite la modificación de la base imponible en caso de créditos incobrables como consecuencia de un proceso de insolvencia declarada por un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro.
- Se rebaja el importe mínimo de la base imponible de la operación cuando el destinatario moroso tenga la condición de consumidor final.
- Se extiende a 6 meses el plazo para proceder a la recuperación del IVA desde que el crédito es declarado incobrable.
- Pasan a tributar al tipo impositivo reducido del 4% los tampones, compresas y protegeslips, al tratarse de productos de primera necesidad inherentes a la condición femenina, así como los preservativos y otros anticonceptivos no medicinales.
- Se prorrogan los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca y se establece un nuevo plazo para presentar las renuncias o revocaciones de los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del IVA.