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joven trabajador con casco, mono y guantes en un almacén metalúrgico

Artículo 3 Salario

  • Primer año de vigencia (01/04/21-31/03/22); a 1 de Abril de 2021 se incrementarán las tablas salariales vigentes a 31/03/2021 en un 3,5 %.
  • Segundo año de vigencia (01/04/22-31/03/23); a 1 de Abril de 2022 se incrementarán las tablas salariales vigentes a 31/03/2022 en un 2,5 %.
  • Tercer año de vigencia (01/04/23-31/03/24); a 1 de Abril de 2023 se incrementarán las tablas salariales vigentes a 31/03/2023 en un 2 %

Pago de atrasos

Para el primer año, según se establece en la Disposición Transitoria Primera del convenio → 2 meses desde fecha de publicación. Siguientes años, se tomarán en consideración los IPCs de los años 2022 y 2023 para realizar regularizaciones, si procede, en los meses de marzo de cada año (se establece cómo en el artículo 3).

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Vanessa Violero

Graduada Social

Alcorcón, Madrid